El valor del aporte estatal equivale al 40% de un (1) salario mínimo legal mensual vigente, es decir $351.000.
Pueden acceder personas jurídicas, naturales empleadoras, empresas sin ánimo de lucro, consorcios y uniones temporales.
Los postulantes deben cumplir con los siguientes requisitos:
Haber sido constituido antes del 1º de enero de 2020. Para las personas naturales se tomará como referencia la fecha de inscripción en el registro mercantil.
- Contar con una inscripción al registro mercantil o renovación de por lo menos en el año 2019.
- Demostrar la necesidad del aporte estatal certificando la disminución del 20% de sus ingresos.
- Tener un producto de depósito, cuenta de ahorros, cuenta corriente, en una entidad financiera.
Para el caso de las entidades sin ánimo de lucro, consorcios y uniones temporales solo debe aportar copia del Registro Único Tributario.
Debes tener en cuenta:
- Aunque ya te hayas postulado para el subsidio del PAEF de los meses de mayo, junio o julio, para postularte al subsidio de agosto es necesario que radiques de nuevo la solicitud.
- El proceso de postulación será del 6 al 20 de agosto de 2020 hasta las 4:00 pm, en cumplimiento de lo establecido por el Gobierno Nacional.
- Los recursos del subsidio deberán ser destinados por el beneficiario única y exclusivamente a lo señalado por el Gobierno Nacional.
- La calidad de beneficiarios, los requisitos que deben cumplir, y documentación que deberán aportar, corresponderán a los señalados por el Gobierno Nacional.
Escrito por: Juan Puente.
